¿Por qué nuestro país debería convertirse o no en un Estado Laico?/ Renato Córdova Vite
¿Por qué nuestro país debería
convertirse o no en un Estado Laico?

Para empezar, todo Estado laico permite
e incentiva la participación de todas las religiones, además un Estado laico se
caracteriza por no ser representada por una religión en particular, sino por la
diversidad de religiones que este país posee, esto según una página
informativa. Con estas características, podemos inferir que un Estado laico es
neutral en cuanto una religión oficial, por lo tanto, no hay ninguna religión
que es excluida porque todas son importantes para la forma de pensar y vivir de
las personas. Todas las religiones son importantes para el pueblo porque todas
les da un propósito, algo en que creer, algo en que basar su vida y un refugio
cuando más la necesitan. El mundo necesita la opinión no de una iglesia en específico
sobre temas polémicos como fue el caso de Cipriani con los temas del aborto y
las pastillas anticonceptivas, esto según un artículo del “Comercio”, en el que solo acudieron a su voz cuando había
más personas dispuestas a opinar. Necesitamos liberarnos de esas cadenas que
nos hacen pensar que solo existe una religión y nos limitan a creer en solo la “religión
auténtica”, y si no podemos aceptar que existen otras religiones con diferentes
puntos de vista, entonces no podremos volvernos un país laico.
Por otra parte, si lo vemos desde
el ámbito legal, con el simple hecho de considerar a una religión como
importante, se está viendo vulnerado el artículo 18 de la Declaración de los
Derechos Humanos, el cual explica que “Toda persona tiene derecho a la libertad
de pensamiento, de conciencia y de religión, este derecho incluye la libertad
de cambiar de religión, así como la libertad de manifestar su religión,
individual y colectiva mente, tanto en público como en privado, por la
enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”. Teniendo en cuenta este artículo,
podemos decir que el Perú no practica la laicidad, y además está violando un
artículo de los Derechos Humanos. Aunque el artículo 50 de la Constitución
especifica que el Estado respeta otras confesiones y puede establecer formas de
colaboración con ellas, en ningún momento se especifica que el Perú haya hecho
alguna colaboración con alguna otra religión, mostrando indirectamente que la
Iglesia Católica tiene influencia en la toma de decisiones del Estado, ya que
no le permite acceder a estas colaboraciones. Un ejemplo más claro se evidencia
según un artículo del diario “Correo”, el cual explicaba el disgusto que tuvo
el cardenal Cipriani al saber sobre la propuesta del congresista Oracio Pacori,
la cual consistía en modificar el artículo 50 de la Constitución Política del
Perú y hacer que diga “El Estado se reconoce como laico y actúa de forma
neutral de manera religiosa. El Estado respeta todas las confesiones religiosas”.
La moción nunca fue aceptada, aunque se sospecha de manera no oficial que la
opinión de Cipriani influyo en el rechazo de esta moción.
Después de haber observado
detalladamente los motivos para volver al Perú un país laico, podemos concluir
que tenemos iniciativa de sobra para poder convertir este país en uno que
respete las creencias e ideologías de todos por igual, sin considerar ninguna
mejor o peor que la otra. Pero que la cadena que nos retiene el cuello y nos
cierra la boca disimuladamente es la Iglesia Católica, ya que si nos volvemos
un país laico, les estaremos quitando la “corona de oro” que erróneamente les
hemos hecho creer que existía, quitándole su poder y repartiéndolo equitativamente
entre todas las religiones. Para nosotros finalmente volvernos laicos,
necesitamos romper esa cadena y respetar la libertad de conciencia, al igual
que las creencias de cada uno de nosotros. La religión en general es algo que
la gente necesita para poder existir, y si separamos eso en pedazos e
idolatramos a uno en específico, estamos acabando con el soporte del mundo.
Fuentes:
(1) Constitución política del
Perú, artículo 50
(4) Declaración Universal de los
Derechos Humanos, artículo 18
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