Fabio Palomino Aguilar Estudiante de 9no grado de Comunicación articulo nr 2- Innova Schools
articulo nro 2
SER O NO SER
En Perú, como en muchos otros países que son normados bajo artículos
constitucionales que consagran el principio de respetar otras confesiones y
establecer formas de cooperación entre ellas, se confunde al construir una falsa
conclusión de incluir el término “laico” como adyacente al Estado.
Un Estado laico debe reconocer la plena libertad de conciencia y respetar los
principios de identidad, imparcialidad y disociación para que no sea una
invención o un simple acuerdo escrito, así mantenemos el privilegio de la opción
a elegir.
Según el Decreto de Ley No 23211, publicado en julio de 1980, el Artículo 1o
menciona que “la Iglesia Católica en el Perú goza de plena independencia y
autonomía. Además, en reconocimiento a la importante función ejercida en la
formación histórica, cultural y moral del país, la misma Iglesia recibe del Estado
la colaboración conveniente para la mejor realización de su servicio a la
comunidad nacional”. Por lo que bajo esta concepción, ¿en qué plano se sitúa la
libertad de cultos en el Perú? Porque es obvio que existe cierto sometimiento en
un régimen de vinculación organizacional entre la Iglesia Católica y el Estado.
Solo debemos remontarnos a varios años atrás para reconocer un pasado
religioso como el nuestro. Perú es un país religioso católico y se sabe por
acontecimientos realizados, que este dogma ha jugado un papel vital en el
desarrollo sociocultural desde nuestros orígenes hasta la formación de la
República donde nació la vida independiente en el marco político ante las
distintas etapas predecesoras. La relación entre ambos Estados siempre estuvo
vigente, se impuso desde la Conquista y se hizo extensiva en toda la historia de
nuestro país. Si bien es cierto que en diversas etapas no se cuestionaba el tema
de religiosidad, es notorio y latente que en este último siglo se debate su
intervención en aspectos que se consideran prohibidos en el ejercicio de
derechos fundamentales de las personas.
No obstante, como se fundamenta anteriormente, el Estado peruano se
reconoce laico, a pesar de la toma de posición, elaboración de normas o políticas
que no se basan en criterios con ese carácter, sino bajo cánones morales que
atañen a una religión en particular. Para culminar, considero que la idea no es
transformar a los devotos a una laicidad, sino evidenciar en los diversos sectores
estatales y privados para que, verdaderamente, respeten y ejerzan la libertad en
los distintos aspectos de nuestras propias vidas.
SER O NO SER
En Perú, como en muchos otros países que son normados bajo artículos
constitucionales que consagran el principio de respetar otras confesiones y
establecer formas de cooperación entre ellas, se confunde al construir una falsa
conclusión de incluir el término “laico” como adyacente al Estado.
Un Estado laico debe reconocer la plena libertad de conciencia y respetar los
principios de identidad, imparcialidad y disociación para que no sea una
invención o un simple acuerdo escrito, así mantenemos el privilegio de la opción
a elegir.
Según el Decreto de Ley No 23211, publicado en julio de 1980, el Artículo 1o
menciona que “la Iglesia Católica en el Perú goza de plena independencia y
autonomía. Además, en reconocimiento a la importante función ejercida en la
formación histórica, cultural y moral del país, la misma Iglesia recibe del Estado
la colaboración conveniente para la mejor realización de su servicio a la
comunidad nacional”. Por lo que bajo esta concepción, ¿en qué plano se sitúa la
libertad de cultos en el Perú? Porque es obvio que existe cierto sometimiento en
un régimen de vinculación organizacional entre la Iglesia Católica y el Estado.
Solo debemos remontarnos a varios años atrás para reconocer un pasado
religioso como el nuestro. Perú es un país religioso católico y se sabe por
acontecimientos realizados, que este dogma ha jugado un papel vital en el
desarrollo sociocultural desde nuestros orígenes hasta la formación de la
República donde nació la vida independiente en el marco político ante las
distintas etapas predecesoras. La relación entre ambos Estados siempre estuvo
vigente, se impuso desde la Conquista y se hizo extensiva en toda la historia de
nuestro país. Si bien es cierto que en diversas etapas no se cuestionaba el tema
de religiosidad, es notorio y latente que en este último siglo se debate su
intervención en aspectos que se consideran prohibidos en el ejercicio de
derechos fundamentales de las personas.
No obstante, como se fundamenta anteriormente, el Estado peruano se
reconoce laico, a pesar de la toma de posición, elaboración de normas o políticas
que no se basan en criterios con ese carácter, sino bajo cánones morales que
atañen a una religión en particular. Para culminar, considero que la idea no es
transformar a los devotos a una laicidad, sino evidenciar en los diversos sectores
estatales y privados para que, verdaderamente, respeten y ejerzan la libertad en
los distintos aspectos de nuestras propias vidas.
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